Los contratos sujetos al IRAV se actualizarán un 2,47%, mientras los que cuyo mecanismo de revisión sea el IPC un 4,3%.
La actualización anual de los alquileres afronta un escenario cada vez más diferenciado en función de la fecha en la que se firmó el contrato. IPC e IRAV regularán las actualizaciones de los alquileres de vivienda en agosto. Los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), correspondientes a agosto, sitúan el IPC en el 4,3% y el IRAV en el 2,47%, una diferencia de 1,83 puntos porcentuales entre ambos indicadores.
La evolución tiene una repercusión directa sobre los contratos de vivienda habitual que llegan a su revisión anual. En mayo los valores de ambos índices fueron IPC (3,2%) y del IRAV (2,4%)
En el mes de agosto, los arrendamientos sujetos al IRAV afrontarán una actualización del 2,47%, mientras que aquellos contratos cuyo mecanismo de revisión sea el IPC podrán experimentar un incremento del 4,3%, siempre que así esté establecido en el contrato y resulte aplicable.
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