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Tribunal Supremo condena a una inmobiliaria por ofrecer una vivienda de la que no disponía

La sentencia conlleva penas de cuatro años de prisión y una multa durante 12 meses, y la devolución a la perjudicada de los 105.000.

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena por estafa agravada de dos personas que consiguieron que una compradora entregara 105.000 euros por una vivienda cuya propietaria ya no había autorizado su venta.

La sentencia del Tribunal Supremo núm. 524/2026, de 29 de julio, ratifica las penas de cuatro años de prisión y una multa de 12 meses, con una cuota diaria de seis euros, además de la obligación de devolver solidariamente a la perjudicada los 105.000 euros entregados, junto con los intereses correspondientes.

La resolución resulta especialmente relevante para el sector inmobiliario porque delimita cuándo una operación fallida constituye simplemente un incumplimiento contractual y cuándo las actuaciones realizadas para obtener el dinero pueden constituir un delito de estafa.


Más info: https://www.inmonews.es/tribunal-supremo-condena-inmobiliaria-vivienda-no-disponia/